El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con un total de 172.000 euros al marido y a las hijas de una mujer que falleció en agosto de 2020, con 74 años, por "mala praxis asistencial" tras una operación de oído realizada en el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo y que se suponía "sencilla".
El fallo del alto tribunal gallego, con fecha de 2 de noviembre, confirma la dictada el pasado mayo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo. La abogada de la defensa ha sido María Teresa Herrero Navarro, del Bufete SDS Legal, encargado de los servicios jurídicos de la asociación El Defensor del Paciente. La paciente, portadora de audífonos, se sometió a una operación el 15 de junio de 2020 dado que en los meses anteriores se le había estrechado el conducto auditivo y eso le dificultaba emplear el dispositivo. Así, se sometió a una meatoplasia, una intervención de la que le habían comentado su "sencillez y mínimo riesgo", tal y como recoge la sentencia, pese a que su doctor de confianza se la desaconsejaba.
El problema era que, hacía 58 años, cuando la mujer tenía 16 de edad, la habían operado por un coleostoma en el oído izquierdo, unos antecedentes que hacían que la meatoplasia estuviera contraindicada porque la paciente no contaba con una barrera ósea en la meninge.
En cualquier caso, el 15 de junio se sometió a esta intervención durante la cual los facultativos realizaron una incisión que provocó la salida de líquido cefalorraquídeo. Días más tarde, se le colocó un drenaje lumbar externo y, a partir de ahí, "presentó un deterioro generalizado, evidente para sus familiares, pero no para el personal facultativo que consideraba que todo era normal".
Entre finales de julio y principios de agosto, le realizaron dos craneotomías y, ante el "mal pronóstico" que presentaba, acabó falleciendo el día 12 de agosto con 72 años.
"A juico de este tribunal, la incisión aludida era letal de necesidad. Y mal se comprende que por una intervención sin aparente riesgo a la que se somete una persona sin otro problema que el auditivo que arrastraba desde los 16 años pierda la vida por la penosa asistencia recibida", recogen los magistrados del TSXG.
De hecho, la sala insiste en que "los únicos responsables han sido los facultativos" porque, "teniendo la obligación" de ser conocedores de la intervención que le habían hecho durante su adolescencia, "no lo hicieron". Es más, la doctora que operó a la mujer reconoció que "de haber conocido" la ausencia de esa barrera ósea, "no hubiera procedido a la cirugía".
Así, el TSXG aprecia la "mala praxis" asistencial sufrida y ha confirmado la sentencia previa que obligaba al Sergas a indemnizar con 75.000 euros al marido de la fallecida, con 53.000 euros a una hija y con 22.000 a cada una de las otras dos. Cabe subrayar que la familia solicitaba casi 230.000 euros de indemnización, una cuantía que no estimó el juzgado de primera instancia.
Tras conocer esta sentencia, contra la que todavía cabe recurso ante el Tribunal Supremo, la presidenta de El Defensor del Paciente, Carmen Flores, lamenta que hubiese que acudir a la vía judicial "para reconocer la mala praxis, cuando era evidente y así lo recoge la sentencia".
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